- La norma fue promulgada el día de ayer a pesar de las fuertes críticas.
- El objetivo es formalizar la propiedad de terrenos ocupados ilegalmente para que sus habitantes accedan a servicios de luz eléctrica y agua potable. Solo se formalizarán los terrenos ocupados hasta diciembre de 2004.
Según el presidente Alan García, la medida busca facilitar la instalación de los servicios básicos en los asentamientos humanos, pero los expertos consideran que solo busca réditos políticos.
El Poder Ejecutivo oficializó hoy la Ley de Expropiación para la Formalización de las Posesiones Informales, que ayer promulgó el presidente Alan García y que, según los especialistas, transgrede el derecho a la propiedad privada y alienta la invasión de tierras.
Según el jefe de Estado, la norma busca facilitar la instalación de los servicios básicos en los asentamientos humanos que no han tenido acceso al agua potable, energía eléctrica, alcantarillado y otros. Para calmar las críticas, García Pérez dijo que vigilirá la aplicación de la ley para no beneficiar a usurpaciones propiciadas por invasores de terrenos.
La medida establece que solo se formalizarán los terrenos ocupados hasta diciembre de 2004. Sin embargo también podría aplicarse a aquellos casos que excedan los 100 años con títulos imprecisos. La ministra de Vivienda, Nidia Vílchez, anunció en la víspera que se verían favorecidos los asentamientos humanos que por más de 10, 15 o 20 años estén dentro de un proceso judicial para otorgar la titularidad de estos terrenos.
Con respecto al proceso de expropiación, el Ejecutivo deberá enviar al Legislativo una lista detallada de los predios que serán beneficiados, que deberá incluir el historial de creación del asentamiento humano y el número de familias residentes.
Sin embargo, Juan Tokeshi, consultor del Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo (Desco), consideró que “la medida es populista” y da el mensaje “invade y en 20 años te dan el título de propiedad”.
A su parecer, la cuestionada ley no soluciona el problema de la informalidad de las tierras pues “al no existir una política de vivienda que permita un crecimiento ordenado, solo se puso un parche al problema”
Comentario a parte:
¿Qué pasa con la propiedad de las comunidades nativas y campesinas?
Según la Constitución Política vigente, la propiedad de las comunidades es imprescriptible. Esto significa que el derecho no se pierde por el paso de los años. Entonces, si una comunidad nativa de la Selva Central por ejemplo, no tiene titulo de propiedad, tendrá su derecho protegido pues a pesar de esta ley, deberá respetarsele debido a la disposición constitucional y de la más alta jerarquía normativa (La Constitución); en el caso que otro "supuesto" propietario alege tal derecho. ¿ASÍ SERÁ?
Por su parte, el abogado Francisco Avendaño, especialista en derecho de propiedad, advirtió que, de promulgarse la norma, será inconstitucional porque la Carta Magna, en su artículo 70, establece que la propiedad es un derecho inviolable, salvo por seguridad nacional y necesidad pública.
Fuente: Perú 21
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