(CNR, Tarapoto - San Martín, 2 de marzo de 2009).- El asesor jurídico del Frente Cívico de Desarrollo de San Martín (FRECIDES), Octavio Alvarado, expresó su sorpresa ante la opinión que ha dado la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) por la cual se han suspendido las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el Área de Conservación Regional Cordillera Escalera.
A través de un comunicado, la SPDA deja entrever que la resolución genera inseguridad jurídica no sólo a "las empresas como las de hidrocarburos (...)sino que esto también se extiende a otras actividades, en donde concesionarios madereros, de conservación o de ecoturismo ven amenazada su inversión por el otorgamiento de derechos superpuestos a los suyos y que afectan el cumplimiento de sus obligaciones frente al Estado".
"Lo que esperábamos es que la SPDA celebrara el fallo del TC. Sin embargo, ha expresado su disconformidad, pareciendo más que se preocupa por los intereses particulares de los inversores y olvidándose que los derechos humanos están por encima de cualquier otro tipo de derecho", señaló Alvarado a Radio PRODEMU.
El texto en cuestión señala que "la resolución del Tribunal Constitucional no resuelve el problema de fondo al trasladar esta decisión a un nivel que no le corresponde. Este tema debería ser resuelto a otro nivel, por Ley del Congreso, identificando los mecanismos de coordinación entre los sectores y niveles de gobierno para definir las prioridades de uso del territorio, y con respeto a los derechos adquiridos".
Sobre el particular, el representante del FRECIDES consideró que tales observaciones carecen de sustento. "El TC no afecta ninguna seguridad jurídica. Lo que hace es, por primera vez, hacer respetar el derecho a la vida que tienen las personas por encima de los derechos patrimoniales de los inversionistas. Lo que hace el TC es enmendar la plana a entidades como Perúpetro, al Ministerio de Agricultura, que otorgan concesiones tomando en cuenta sólo la inversión que podría llegar a una zona del país, pero sin considerar que en esos sitios existen derechos previos; ya sea de las poblaciones asentadas en dichas zonas o de comunidades nativa", refirió.
Como se recuerda, el TC emitió la resolución Nº 03343-2007-PA/TC, por la cual se han suspendido las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el lote 103 (denominado Estructura Pihuicho) hasta la aprobación del "Plan Maestro" de esta área natural protegida.
En consecuencia, sólo se podrá reiniciar tal actividad una vez que dicho plan haya sido elaborado y se establezca la compatibilidad entre la actividad de exploración y explotación y los objetivos del área de conservación.
Rubén Ponce - Radio PRODEMU
Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Área de Conservación Regional Cordillera Escalera - Opinión de la SPDA
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