sábado, 16 de mayo de 2009

¿Radicalismo Indígena en Perú?

Extraordinarias reflexiones de Bartolome Clavero sobre la situación de la Protesta Indígena. "¿Es exógeno y radical el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes que Perú tiene ratificado? ¿Es exógena y radical la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que Perú ha votado favorablemente en la Asamblea General de Naciones Unidas?"



¿Radicalismo Indígena?

Bartolomé Clavero
Miembro del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas

Jaime de Althaus Guarderas es antropólogo y publicista peruano, colaborador actualmente del diario El Comercio de Lima con una columna semanal bajo la rúbrica de Rincón del Autor. A veces expresa puntos de vista originales. Otras difunde prejuicios de lo más comunes. Su última columna, la de este viernes quince de mayo, resulta más bien, a mi juicio, de la segunda especie. Se titula El radicalismo indígena. Tras la declaración de un estado de suspensión de las libertades personales y políticas en el área amazónica por el gobierno peruano, sobre lo cual no tiene nada que decir, excita la animadversión contra indígenas, acusa a una persona de sembrar las ideologías de la discordia y concluye tratando a los primeros como especie de infantes a quienes, igual que se les manipula, pueden reprogramárseles al tiempo que se aplica la mano dura en beneficio todo ello de las empresas extractoras: “La mejor receta (…), además de defender con las fuerzas del orden la producción energética del país, es el diálogo racional, hasta el hartazgo, hasta disolver el maximalismo radical y recuperar para el país a los dirigentes secuestrados por esas ideologías”.

El blanco del ataque, de un ataque nada inocuo cuando se ha implantado dicho estado de excepción y se apunta además a un extranjero, es “el abogado español Pedro García Hierro”, Perico García, por ser asesor de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP). Viene a acusarle de incitación a un levantamiento indígena que, como el actual, defiente unos derechos frente a una política gubernamental que los conculca según apreciación incluso del Congreso de la República, mismo que hace una semana votó favorablemente el informe de la Comisión Especial Multipartidaria ad hoc que recomienda lo que los indígenas reclaman, la derogación de una serie de decretos lesivos de los derechos de los pueblos indígenas. Nuestro antropólogo tampoco tiene nada que decir sobre esto. Para él sería un insulto que pensásemos que se encuentra desinformado.

El asunto radica, según nuestro antropólogo lo expone, “en los acuerdos de los achuares, quichuas y otros pueblos indígenas de no aceptar la entrada de empresas petroleras, madereras y mineras”, concretándose ahora en “la demanda monolítica de derogatoria ciega de los decretos legislativos” del caso. Todo esto se achaca a un influjo “exógeno” de gentes como Perico García. Depende de lo que se entienda por exógeno, como también por radical. ¿Es exógeno y radical el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes que Perú tiene ratificado? ¿Es exógena y radical la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que Perú ha votado favorablemente en la Asamblea General de Naciones Unidas? En estas normas se basan expresamente las reclamaciones indígenas frente al gobierno peruano. Si hay alguna duda, puede leerse el reciente informe dirigido a Perú por el Comité de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones sobre el incumplimiento del Convenio citado. No debo ofender a nuestro antropólogo pensando que no conoce nada de esto.

El extremo más concreto que se dirime en el actual conflicto es el derecho indígena a la consulta o, dicho a la reversa, el deber del Estado de consultar antes de disponer de territorios y recursos indígenas. Así lo presenta nuestro antropólogo: “El pecado original —y quizá único— de los decretos legislativos rechazados por las comunidades nativas movilizadas por Aidesep es que, efectivamente, no fueron consultados”. Ni se les consultó ni se requirió de forma alguna su consentimiento. No nos olvidemos de que la referida Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas requiere su consentimiento libre, previo e informado para que el Estado y las empresas puedan proceder. Sobre nada de esto tampoco tiene nada que decir nuestro antropólogo.

Nunca me atrevería a ofender a nuestro antropólogo suponiendo que ignora todo ello. Realmente, para ser franco y justo, pienso que lo alude en su operación de excitar los peores prejuicios no sólo contra indígenas, sino también contra quienes, nacionales o exógenos, defienden los derechos humanos, suyos y de todos, en el Perú.

Obtenido del sitio oficial Bartolome Clavero. Ensayos, Opiniones y Actualidad

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Es una iniciativa colectiva que se basa en las comunicaciones como herramienta para el ejercicio de derechos de los pueblos indígenas.

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