Por Bartolome Clavero.
En ejercicio de su competencia constitucional de iniciativa legislativa (arts. 107 y 161 de la Constitución), la Defensoría del Pueblo del Perú ha ultimado un Proyecto de Ley Marco de Derecho a la Consulta de los Pueblos Indígenas. Es un texto muy apreciable si sólo miramos las circunstancias actuales. Mas un proyecto ha de mirar ante todo hacia el futuro. Adopta el estándar del Convenio 169, no el de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Contempla la consulta sobre textos ultimados, como el mismo suyo, y no el acuerdo de los proyectos mediante la consulta. No contempla la autonomía que requiere la actuación indígena a través de instituciones representativas propias. Diseña un organismo técnico de competencias decisivas con participación indígena sin peso ejecutivo. En todo caso es un valioso texto de partida que habrá de someterse a la consulta indígena.
puede verse el proyecto en pdf:
Proyecto de Ley Marco para Consulta Indígena
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