(AIDESEP, 23 de diciembre de 2009).- Xavier Beaudonnet, especialista en normas internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), afirmó que el derecho a la Consulta es vinculante, aplicable y exigible a los Estados sin que sea indispensable una ley que regule y afirmó que el gobierno tiene la responsabilidad de aplicarlo y esta función no puede ser privatizada a favor de las empresas.
Argumentó ¿por qué el derecho a la consulta es vinculante? Y que no debe ser confundido de ninguna manera con el denominado “derecho a veto” por son cosas muy distintas.
El funcionario de la OIT, reafirmó que el Convenio 169, el cual incluye el derecho a la consulta, es vinculante y su cumplimiento es obligatorio para el Estado peruano al haber sido suscrito y además ratificado
Previamente, el especialista de la Oficina de la OIT en Perú, explicó que en el derecho internacional, se están fortaleciendo los instrumentos legales de reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas y que ya se están creando precedentes importantes de su aplicación en las cortes nacionales y supranacionales.
Beaudonnet subrayó que para la aplicación efectiva del convenio 169 y su cumplimiento se necesitan la creación de instituciones fortalecidas a nivel estatal y de los pueblos indígenas que garanticen la construcción de una negociación, diálogo y entendimiento a largo plazo.
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