miércoles, 9 de septiembre de 2009

Doble lectura sobre la creación del Tribunal de Justicia para juzgar a las multinacionales

Remitimos a los/as lectores el comentario de Bartolome Clavero respecto a próposito de la nota que publicáramos "La ONU plantea un tribunal para juzgar a multinacionales la "" "iniciativa que se atribuye a instancias de Naciones Unidas, concretamente al Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin, y al Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros actos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak."


Transnacionales y Activistas Irresponsables

Bartolomé Clavero
Miembro del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas

Ecologistas en Acción, una confederación española de asociaciones que se adscriben al ecologismo social (http://www.ecologistasenaccion.org), caracterizado por vincular los problemas del medioambiente a los del sistema económico, ha lanzado el día 24 de agosto la noticia de su adhesión a la iniciativa de creación de una Corte Mundial para las Multinacionales, se entiende que corte penal, iniciativa que atribuye a instancias de Naciones Unidas, concretamente al Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin, y al Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros actos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak. Es una iniciativa que sería del máximo interés para la protección de los derechos de los pueblos indígenas y la reparación por las respectivas violaciones, pero desafortunadamente tal propuesta, de existir, no pertenece a Naciones Unidas ni Naciones Unidas la ha acogido. ¿De dónde procede entonces noticia al cabo tan fraudulenta a la que da así pábulo una ONG que no parece preocuparse por derechos humanos, por derechos como los de los pueblos indígenas?

“La ONU plantea un tribunal para juzgar a multinacionales: Dos relatores de Naciones Unidas lanzan sendas propuestas para aplicar la justicia universal también a las corporaciones”, es la noticia que ha publicado ese mismo día el diario español El Público (http://www.publico.es). Inmediatamente, Enlazando Alternativas/Red Birregional Europa-América Latina y el Caribe (http://www.enlazandoalternativas.org), red entre cuyos objetivos proclamados sí figura la defensa de los derechos humanos en general y del “derecho de los pueblos a la autodeterminación” en particular, reproduce la noticia lanzándola hacia América. La misma parece proceder de un profesor de la Universidad del País Vasco, Juan Hernández Zubizarreta, autor del libro Las empresas transnacionales frente a los derechos humanos: Historia de una asimetría normativa. De la responsabilidad social corporativa a las redes contrahegemónicas transnacionales (Hegoa-OMAL, 2009), de acceso libre en internet. Hernández Zubizarreta ha declarado a El Público: “Hace mucho que la sociedad civil pide un proyecto así y es muy importante que proceda de Naciones Unidas”.

No procede de Naciones Unidas, como ya he advertido, pero no me interesa ahora seguir la pista de la idea, sino comprobar la posición de Naciones Unidas, pues en dicha noticia también se le presenta de modo bastante deficiente. Para el bloque Zubizarreta-Público-Alternativas-Ecologistas, el Global Compact o Pacto Mundial, una iniciativa de promoción de la responsabilidad social corporativa por adhesión voluntaria de las transnacionales (http://www.unglobalcompact.org), representa la posición de Naciones Unidas, lo que no hace justicia. Sirve esto como maniqueo. La iniciativa de la Corte Penal para las Multinacionales como apuesta de futuro se contrapone netamente al Pacto Mundial como envite del pasado, un envite ya fracasado. Es algo parecido a la dicotomía del subtítulo de la obra de Zubizarreta: de la responsabilidad social corporativa a las redes contrahegemónicas transnacionales como cosas que pudieran contraponerse y resultar hasta excluyentes.

El Pacto Mundial no ha demostrado en efecto que la voluntariedad sea una base consistente para responsabilizar a las empresas con el derecho internacional de los derechos humanos, pero en la noticia traslaticia entre Zubizarreta y Ecologistas pasando por Público y Alternativas falta una pieza esencial para el conocimiento de la posición actual de Naciones Unidas, una pieza que deliberadamente se hurta pues no encaja en el maniqueísmo de la operación. Puede encontrarse en el mismo libro de Zubizarreta. Me refiero al Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, John Ruggie, el relator de la organización internacional competente sobre el asunto (http://www.business-humanrights.org/SpecialRepPortal/Home), y no ninguno de aquellos otros dos aludidos en la noticia, el del terrorismo y el de la tortura. ¿Por qué se produce esta sustracción de información virtualmente sensible? Puede haber razones aparte de la ignorancia ya descartada al menos en la fuente primera, la de Zubizarreta.

La postura del Representante o Relator Especial sobre derechos humanos y empresas transnacionales no es la de Pacto Mundial pues no predica la voluntariedad en la responsabilidad de las empresas en el respeto de los derechos humanos. Entiende en cambio que los mismos obligan a escala internacional con carácter general, y que deben encontrarse las medios de comprometerse a las empresas, unos medios no directas, pues las mismas no pueden ser partes en tratados que creen comités o tribunales de derechos humanos o vinculen a ellos, ni seguramente conviene que lo fueran en las circunstancias actuales, y puesto que también, hoy por hoy, los poderes de Naciones Unidas recaen en los Estados, pero medios que no tienen por qué resultar menos eficaces al haber de ser indirectos. Sobre todo de momento se trata tanto de hacer responsables internacionalmente a los Estados de las políticas y acciones de las empresas que atropellen derechos humanos como de potenciar dinámicas en el orden internacional que faciliten dicha exigencia de responsabilidades contando, entre otros muchos elementos, con los mismos intereses empresariales más a su vez responsables, intereses por la convivencia social y la paz civil que sólo pueden fundarse en los derechos humanos.

La ingenuidad del Pacto Mundial con su responsabilidad social corporativa puede estar comenzando a ser cosa del pasado, pero no dando paso a un vacío como el que se figura en la propuesta de la Corte Penal para las Multinacionales, una gran idea por supuesto, pero sin posibilidades realistas, como ha remarcado el propio Relator Especial sobre derechos humanos y empresas transnacionales, y, sobre todo, con alternativas a la vista menos aparentes, pero más factibles. No digo por supuesto que sea una irresponsabilidad defender desde ya la Corte Penal para las Multinacionales, sino que lo es hacerlo al tiempo que se sustrae una información preciosa que desfigura la posición de Naciones Unidas para resaltarse la propuesta propia y que dificulta con todo el avance de la responsabilización de las empresas en el orden internacional.

Enlazando Alternativas presenta la idea de la Corte Penal de Naciones Unidas para las Multinacionales como si pudiera ser una especie de variante de los Tribunales Permanentes de los Pueblos formados por movimientos sociales sin sujeción a regla de derecho ni a garantía de derechos. No me extrañaría que hubiera pronto transnacionales esponsorizando en la sombra, mediante las consabidas ONGs vicarias, Tribunales Populares sobre Multinacionales a fin de distraer fuerzas de mecanismos más operativos para responsabilizar a las empresas a través de la responsabilización de los Estados, recuperando así éstos, con las responsabilidades consiguientes, competencias debidas que han perdido a favor de las transnacionales incontroladas, transnacionales con poderes que se oficializarían de convertírseles en sujetos de tratados internacionales, como en tiempos lo fueron. Tampoco faltarían activistas e intelectuales disponibles para figurar en esos Tribunales.

¿Y si emprendemos la tarea más laboriosa de explorarar posibilidades inéditas de instituciones existentes? ¿Dónde esta dicho que la Corte Penal Internacional no pueda ser una Corte Penal para las Multinacionales, para sus directivos y directivas, ejecutivas y ejecutivos, en los casos más extremos de políticas y acciones contra los derechos humanos? Repásese la serie de delitos que tipifica, comenzándose por el genocidio, obsérvense actividades habituales de transnacionales por zonas indígenas de América Latina y extráiganse conclusiones.

Dado el contexto del actual derecho internacional, entrar ahora en campaña por una Corte Mundial para las Multinacionales, aunque fuese distinguiéndosele netamente de dichos Tribunales de los Pueblos, podría redundar en la eliminación de las posibilidades que se ignoran y en el fortalecimiento de las impunidades que se denuncian.

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Es una iniciativa colectiva que se basa en las comunicaciones como herramienta para el ejercicio de derechos de los pueblos indígenas.

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