lunes, 14 de diciembre de 2009

Pronunciamiento Pueblo Indígena KICHWA

PRONUNCIAMIENTO FIKAPIR, 5TO CONGRESO, NOVIEMBRE 2009

La Federación Indígena Kichwa del Alto Putumayo Inti Runa- FIKAPIR, luego de un amplio debate realizado en el 5to Congreso en la Comunidad Nativa de Miraflores los días 21, 22 y 23 de Noviembre del Año 2009 y con el respaldo unánime de otros firmantes decidió dirigirse al Señor Presidente de la República, Ministerio de Energía y Minas, PeruPetro, la empresa Petrobras, Ministerio del Ambiente, a la Defensoría del Pueblo, a todos los medios de prensa escrita, radial y televisiva, y a la opinión pública en general para hacer de conocimiento los hechos siguientes y
preocupantes:

1. El acuerdo sobre la categorización definitiva de la Zona Reservada de Güeppí como un Parque Nacional Güeppí, una Reserva Comunal HUIMEKI, y una Reserva Comunal AIRO
PAI, firmado por INRENA después de varios años de debate en nuestras comunidades y en
Acta de Asamblea del 30 y 31 de Marzo del 2006 NO SE CUMPLE, por falta de voluntad
política.


2. En documentación remitido como Oficio N 368-2009-SERNANP-J de Fecha 15 de setiembre del 2009 SERNANP desconoce el Proceso de Consulta y Participación de varios años sobre la categorización manifestando QUE NO EXISTE UNA ACREDITACION FORMAL DEL
PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONSULTA.
3. SERNANP parece favorecer intransigentemente la opinión de PeruPetro sobre la opinión de las Comunidades Nativas como se expresa en el acuerdo del 2006. PeruPetro en respuesta al Oficio N 636-2009-EH/DGH de fecha 21 de Mayo del 2009 opina que el
proceso de categorización de la Zona Reservada Güeppí debe ser RECONSIDERADO POR
PARTE DEL ESTADO PERUANO CON EL OBJETIVO DE IMPONER UNA RESERVA NACIONAL.
4. Ante la evidente superposición de una concesión petrolera con la Zona Reservada Güeppí, SERNANP NO HA APLICADO Y NO APLICA EL PRINCIPIO PRECAUTORIO como está
establecido en el articulo 115 numeral 4 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales
Protegidas. Encima manifiesta mediante Oficio N 368-2009-SERNANP-J de fecha 15 de
setiembre del 2009 QUE LA EXISTENCIA DE UNA CONCESION PETROLERA NO DEMUESTRA
LA EXISTENCIA DE UNA AMENAZA REAL DE DAÑO GRAVE O MUY GRAVE QUE AMERITE LA
APLICACIÓN DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO.
5. El contrato firmado entre el Estado Peruano y la Empresa Petrobras en el año 2006 sin consultar a nuestras comunidades VIOLA EL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA DE LOS
PUEBLOS INDIGENAS como está establecido en el Convenio 169-OIT y en la Declaración de
las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas de 2007, vigentes en el Peru.
6. PeruPetro y Petrobras ATROPELLARON Y SIGUEN ATROPELLANDO nuestras opiniones y
decisiones con actitudes inescrupulosas. Asimismo, impusieron su presencia el día 17 de noviembre a pesar de haber recibido el día 6 de noviembre nuestro Acuerdo bajo un
documento formal, según lo cual la reunión se llevaría a cabo el día 29 de noviembre del 2009 en la Comunidad Nativa de Bellavista juntos con la Organización Indígena Secoyas del Peru- OISPE.
7. Es importante mencionar que la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas en Informe N 075-2009-MEM-AAE/CGO de fecha 19 de agosto del 2009 concluye: que Petrobras no puede desarrollar ninguna actividad por falta de presentación de los términos de referencia, falta de un Estudio de Impacto Ambiental y la falta de un plan de Participación ciudadana.
Por todos estos hechos preocupantes exigimos de manera urgente de categorización final de la Zona Reservada de Güeppí en un Parque Nacional Güeppí, una Reserva Comunal HUIMEKI y una Reserva Comunal AIRO PAI como quedó establecido en el acuerdo del año 2006, mientras tanto EXIGIMOS QUE SE APLIQUE EL PRINCIPIO PRECAUTORIO Y QUE SE ANULE EL CONTRATO CON
PETROBRAS.

PARA CONCLUIR: Exigimos una vez más que todas las Instituciones y autoridades cumplen con las leyes y respeten los derechos de nuestros pueblos Indígenas.

Miraflores, Rio Putumayo 23 de Noviembre 2009

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Es una iniciativa colectiva que se basa en las comunicaciones como herramienta para el ejercicio de derechos de los pueblos indígenas.

Una de las condiciones para este ejercicio es contar con un medio de difusión y análisis de la información. De ahí la existencia de este blog que, esperamos, contribuya al fortalecimiento del trabajo de las organizaciones indígenas y a un mejor conocimiento de la situación de los derechos humanos en la Amazonía.

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