domingo, 31 de enero de 2010

Transferencia de funciones al Gobierno Regional de Ucayali

Mediante la Resolución Ministerial Nº 0019-2010-AG, declaran concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia en materia agraria al Gobierno Regional de Ucayali, de las funciones específicas consignadas en los literales “e” y “q” del art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales


Las funciones transferidas son las siguientes:
Artículo 51.- Funciones en materia agraria

e) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción.

q) Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la región, así como ejercer labores de promoción y fiscalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional.

Se autoriza a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre efectuar las acciones administrativas necesarias para la transferencia de funciones.


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Es una iniciativa colectiva que se basa en las comunicaciones como herramienta para el ejercicio de derechos de los pueblos indígenas.

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